PRIMERO: MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el inmueble propiedad de la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN 2070, C.A., el cual se detalla a continuación:
"un inmueble propiedad de la empresa "CORPORACIÓN 2070 C.A.", constituido por dos (2) parcelas de terreno ubicadas en el Complejo Turístico El Morro, Distrito Bolívar del Estado Anzoátegui, distinguido con las letras "G-K", de la zona moteles y comercios, sector, la aguavilla, con una superficie total aproximada de ocho mil setecientos treinta y cuatro metros cuadrados (8.734,00 m²) y así adinerado: NORTE: Con la Avenida El Malecón, partiendo del punto 1.572, de coordenadas N 307.499,182 Y E 499904,349 con una distancia de 55,13 mts y un rumbo N 88Â35Â00"E, hasta el punto 1.573, de coordenadas N 307500,545 у Е 499959,462; ESTE: Con la parcela "H-L", partiendo del punto 1573 (anteriormente descrito) con una distancia de 76,856 mts y un rumbo 501Â25Â00" E hasta el punto 1.563 de coordenadas N 307417,072 y E 5000.....