DISPOSITIVA
Con base a lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se pronuncia: ÚNICO: Se declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la abogada MARÍA ERNESTA COVA, en su condición de defensora de los ciudadanos PÉREZ MONTERREY JUANA y MONTERREY PÉREZ JONATHAN ALEXANDER, contra la decisión de fecha 13 de agosto de 2005, dictada por el Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, causa 1C/6390-05, que les decretó medida judicial preventiva privativa de libertad, de conformidad con el artículo 250, numerales 2 y 3, del Código Orgánico Procesal Penal.
Remítanse las presentes actuaciones, en su debida oportunidad, al tribunal de origen.
LA MAGISTRADA PRESIDENTA
Dra. FABIOLA COLMENAREZ
EL MAGISTRADO DE LA CORTE - PONENTE
Dr. ALEJAN.....