En base a las anteriores consideraciones y razonamientos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en nombre de los Ciudadanos y Ciudadanas, de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que me confiere la ley, declara: SIN LUGAR la demanda presentada en fecha veintidós (22) de marzo de 2007 por el abogado SERGIO ALEJANDRO HIDALGO, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, domiciliado en la ciudad de Maracay, Estado Aragua, titular de la Cédula de Identidad No. V-4.679.989, abogado en ejercicio, Inpreabogado No. 84.255, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana AURISTELA LEON GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad No. V-4.882.282, contra la ciudadana MARGIE XIOMARA BLANCO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, titular de la Cédula de Identidad No. V-7.682.691, de este d.....