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DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la pretensión por ACCIÓN REIVINDICATORIA incoada por el ciudadano ERNESTO FREDDY MORILLO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.219.998 contra la ciudadana LIGIA VIOLETA VARELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad numero V-5.267.368, en consecuencia, se ordena la ciudadana LIGIA VIOLETA VARELA, plenamente identificada a restituirle a el ciudadano ERNESTO FREDDY MORILLO HERNANDEZ, ya identificado, el inmueble constituido por un apartamento ubicado en el Barrio San José, Calle 14, Casa N° 29, del Municipio Girardot del Estado Aragua, de aproximadamente diez metro.....