Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, actuando en sede civil, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora. SEGUNDO: SE REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Primero del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha "31 de octubre de 2008". TERCERO: SE DECLARA INADMISIBLE la demanda interpuesta por la ciudadana LUZ MARINA GOMEZ DE PIEDRAHITA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-22.954.148 contra la ciudadana LUZ AMPARO SUAREZ DE BELISARIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.326.221, por NULIDAD DE CONTRATO DE PRORROGA y AMPARO CONSTITUCIONAL, por inepta acumulación de pretensiones. No hay condenatoria en costas por la natur.....