Seguidamente el apoderado judicial de la parte demandada ofrece cancelar a la parte actora la cantidad de QUINCE MIL BOLÍVARES, CON 91 (Bs.15.000) prestaciones sociales, de la cual presenta planilla de liquidación anexa y que forma parte de la presente acta. Pago único para el día de hoy a nombre de MARCOS CHACON en Cheque de No.58600899 por la cantidad de QUINCE MIL BOLÍVARES (Bs. 15.000,00), Código cuenta cliente 01910080-44-2180014004 de fecha 12 de Agosto de 2010. En este estado, el apoderado judicial de la parte actora ciudadano DENNY CERRUTO MACHUCA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad No. V-12.362.418, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado No.94.272 y el apoderado judicial de la parte demandada JOSE ALFREDO ALVES, antes identificados, manifiestan al Tribunal, libre de constreñimiento alguno, que están conforme con la suma de dinero propuesta por la accionada y acepta el pago en los términos expuestos, y declarando, que nada mas le .....