Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1-.COMPETENTE para conocer de la demanda de contenido patrimonial interpuesta por el abogado Gregorio Alejandro Di Pasquale Castellanos, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 76.212, actuando en su carácter de apoderado judicial del INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (IVSS), contra la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS OZONO, C.A., y solidariamente contra la empresa SEGUROS CUALITAS, C.A.,.
2-. ADMISIBLE la demanda de contenido patrimonial interpuesta, en consecuencia:
2.1 Se ordena citar a la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS OZONO, C.A., y la empresa SEGUROS CUALITAS, C.A., ut supra identificadas, quienes deberán comparecer a la celebración de la audiencia preliminar pre.....