este Tribunal Segundo de Violencia contra la Mujer en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se Decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida al ciudadano JUAN MANUEL GUZMÁN, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, nacido en Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 15-02-1972, de 36 años de edad, de estado civil soltero, de oficio carnicero, titular de la cedula de identidad Nº V-12.147.509, hijo de los ciudadanos Luz Guzmán (V) y Víctor Ruiz (V), con domicilio en San Vicente, calle Ismael Salazar, casa Nº 8001, Estado Monagas, teléfono 0416-5994004., por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el Artículo 42 en su primer aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana LUZ DEL VALLE GUZMÁN, de conformidad con lo estable.....