este Tribunal Penal en función de Sexto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano YOHANDER JAVIER CARVAJAL BASTIDAS, titular de la cedula de identidad N° V-24.818.301, Venezolano, de estado civil Soltero, de 24 años de edad, nacido en fecha 06-07-1994, natural de VILLA DE CURA, ESTADO ARAGUA, profesión u oficio: OBRERO, residenciado en: BARRIO MATA DE CAFÉ, CALLE 101, CASA N° 315, VILLA DE CURA, ESTADO ARAGUA, TLF. 0244-9712806, a cumplir la pena de SEIS AÑOS Y NUEVE MESES DE PRISION, mas las penas accesorias previstas en el Código Penal, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los Artículos 458, 470 del Código Penal Venezol.....