SEGUNDO
Llenos como están los extremos del citado artículo 185-A, del Código Civil; este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulado por los ciudadanos: JESUS RAFAEL JAIMES VILLAHERMOSO Y ELIZABETH MIJARES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges y portadores de las cedulas de identidad Nº V-3.726.422 y V-4.584.729, respectivamente.-
En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante el registro Civil de la Alcaldía del Municipio Bolívar del Estado Aragua, bajo el acta Nº 16, expendida por la Dirección de registro Civil del Municipio Santos Michelena del Estado Aragua.- Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de las presentes actuaciones.
Dada, firmada y sellada en la sala de Audiencias de este Tribunal, en la ciudad de La Victoria, el catorce del mes de enero del año 2010.-
Año 199° y 150°
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