Por tales motivos, éste Tribunal Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECRETA: PUNTO PREVIO: En relación a la solicitudes de la defensa este juzgador observa que los solicitantes deben hacer la solicitud respectiva ante el Ministerio Publico ya que están bajo su custodia ya que los mismos son elementos necesarios para la investigación PRIMERO: Se decreta la LIBERTAD PLENA a favor de los ciudadanos 1.-DAVID COLMENAREZ ORTEGA, Venezolano, titular de la cedula de Identidad N° V-14.740.441, natural de Yaritagua Estado Yaracuy, nacido en fecha: 24.07-1976, de 43 años de edad, de estado civil: Soltero, de profesión u oficio: Agricultor, residenciado en: SANTA CRUZ DE ARAGUA, CALLE PINTO SALINAS, CASA N° 1-E, SANTA CRUZ ESTADO ARAGUA, a quien se le pregunto si tiene defensor que lo asista a lo que contesto que "SI", haciendo acto de presencia el defensor privad.....