Por las razones anteriormente consideradas, este ente Jurisdiccional, actuando en Nombre de LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la ley, DECLARA SU INCOMPETENCIA EN RAZON DE LA MATERIA, para conocer de la presente causa incoada por YUBIS CLARET YAJURE LÒPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 13.480.871, con domicilio en Urbanización Jardines de San Jaime, Condominio Geranio, calle 5, casa Nro. 01, de esta ciudad de Maturìn del Estado Monagas; y señala expresamente como Tribunal competente al Juzgado SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS CON COMPETENCIA EN EL ESTADO DELTA AMACURO, a quien ordena remitir el presente Expediente. Se acuerda dejar transcurrir el lapso establecido para la regulación de la competencia y una vez vencido deberá remitirse el Expediente al Tribunal señalado como Competente, librándose el Oficio correspondiente.. .....