PRIMERO: INADMISIBLE de conformidad con lo preceptuado en los artículos 340 y 341 del Código de Procedimiento Civil venezolano, la presente demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO E INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS, interpuesta por los ciudadanos RICHARD ALFREDO HURTADO CEBALLOS y DOUGLAS JOSE HURTADO CEBALLOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.438.821 y V-11.087.524, respectivamente, de este domicilio, actuando en su carácter de Directores Generales de la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN JORIDOCA, C.A, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción del Estado Aragua, en fecha 01 de julio del 2014, inserta bajo el N° 40, Tomo 95-A; siendo modificado sus estatutos, en fecha 16 de octubre del año 2014, bajo el N° 35, Tomo 162-A, Expediente N° 284-28496, con registro de información fiscal N° J-40461668-3, contra Sociedad Mercantil HERCAR C.A, debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Segu.....