DISPOSITIVA
Este Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos HILARIO SILVERIO DÍAZ MATOS y ELIZABETH HEREDIA GALINDO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges identificados con las cédulas de identidad números V-4.369.329 y V-7.181.982, respectivamente.
En consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído por ante la Prefectura del Municipio Bolívar del Estado Aragua, según se evidencia en Acta de Matrimonio la cual corre inserta bajo el N° 09, Tomo 1, a los folios 24, 25, 26 de los Libros de Matrimonios llevados por ante dicha Prefectura, correspondiente al año 1998.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia en el archivo del Tribunal.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de los Mun.....