II.- DISPOSITIVO
En razón de las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial anteriormente expuestas, éste Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se DECLARA:
PRIMERO: La INCOMPETENCIA de éste Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, para conocer de la apelación interpuesta por la ciudadana DEOLINDA VARELA DE DA SILVA, extranjera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-81.171.342, actuando como Presidente de la Sociedad Mercantil HERMANOS VARELA 2005 C.A., debidamente asistida por el Abogado CESAR EDUARDO CHACON TORTOLERO, titular de la cédula de identidad N° V-4.115.430, contra la decisión dictada en fecha 13 de Agosto de 2009, en el juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO, dictada por el Juzgado del Municipi.....