SIN LUGAR la acción que con motivo de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO (PRORROGA LEGAL) ha incoado el ciudadano JOSÉ COELHO DA SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.532.465 y de este domicilio, en contra del Fondo de Comercio BAR RESTAURANT POLLO EN BRASA EL PREFERIDO DA SILVA, inscrita en por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 02 de Agosto de 2.002, anotada bajo el Nro. 35, Tomo B de los Libros respectivos, en la persona de su Representante Legal, ciudadano JOSÉ MARIA BENEDITO DA SILVA, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.875.181, y de este domicilio, en consecuencia de ello, se condena en costas a la parte demandante en el presente Juicio por haber sido totalmente vencida de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. Y así se decide.-