En el día 16/10/06, se dictó auto mediante el cual se homologó el Convenimiento de Guarda, presentado por la Fiscalía 99° del Ministerio Público, suscrito por los ciudadanos NIDYA NIÑO CONTRERAS y RAMON JOSÉ REYES, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 24.314.391 y Nº 6.333.955 respectivamente, a favor de su hijo, el adolescente SE OMITE NOMBRE, de quince (15) años de edad.