Por fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia, y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR VENCIMIENTO DEL TERMINO Y SU PRORROGA, instaurada por la sociedad mercantil INVERSORA MALVARROSA, C.A contra la ciudadana MIRTA MEDINA DE PEREZ. En consecuencia:
PRIMERO: Se condena a la demandada a entregar a la actora, sin plazo alguno, libre de personas y bienes, el apartamento No 6, del Piso 3, del Edificio Malvarrosa, situado en la Avenida Arboleda de la Urbanización El Bosque, Municipio Chacao.
SEGUNDO: Se condena en costas a la demandada, de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de haber resultado totalmente vencida en el presente juicio.