Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por la solicitante y evacuada por ante éste mismo Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, del fallecido ERNESTO CECILIO IZAGUIRRE, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.576.387, a los ciudadanos ANA ANTONIA BALLESTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-6.000.484, conyugue del De Cujus y a sus hijos ERNESTO GERONIMO, VANESSA SALOME, SHARAZAD SALOME, ERNESTO TAMANACO, NANYA SALOME IZAGUIRRE BALLESTERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-14.390.949, V-15.256.031, V-15.256.024, V-17.174.439 y V-19.269.091, respec.....