VIII. DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho jurisprudencial ut supra, este Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el abogado CHOMBEN CHONG GALLARDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 4.830, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadanos CESAR AUGUSTO GARMENDIA WEBEL, MARIA BEATRIZ GARMENDIA WEBEL y JESÚS DANIEL GARMENDIA WEBEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.262.591, V-7.215.071 y V-13.115.643 respectivamente, y de éste domicilio; quienes asumen la representación sin poder de los ciudadanos CLAUDIA MARÍA GARMENDIA RODRIGUEZ y DAVID LUIS GARMENDIA BORGES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-12.624.24.....