Por las razones que anteceden este Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de CONVERSIÓN DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO de los Ciudadanos YENNYS DEL CARMEN JUAREZ y JOSE JESUS GUEVARA CANELON, Venezolanos, Mayores de Edad, Cónyuges, de este domicilio, y Titulares de las Cédulas de Identidad V-6.065.221 y V-9.650.459 respectivamente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 765 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante el REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO MARIO BRICEÑO IRAGORRY DEL ESTADO ARAGUA, en fecha 21 de Septiembre de 2.007, conforme se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio N° 466, Tomo C, de fecha 21 de Septiembre de 2.007.
Publíquese, Regístres.....