este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, de Protección y Bancario de La Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
Primero: CON LUGAR la interdicción propuesta por la ciudadana Rosa Elvira Inojosa Cabrera, titular de la cédula de identidad N° 5.625.092, en beneficio de su hermano el ciudadano Rafael José Inojosa Cabrera, titular de la C.I. 8.689.491, declarándose su INTERDICCION DEFINITIVA.
Segundo: Se designa como tutora, la ciudadana Rosa Elvira Inojosa, C.I. N° 5.625.092, cuya primera obligación será cuidar del declarado incapaz, a objeto de que recobre su capacidad, de conformidad con el artículo 401 del Código Civil.
Tercero: Consúltese la presente decisión con el Juzgado Superior, de conformidad con el artículo 736 del Código de Procedimiento Civil.
Cuarto: Se ordena a la tutora, registrar la presente sentencia y a consignar.....