, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: Dora Amisilis Hurtado Campos, venezolana mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-9.697.709, sobre unas bienhechurías levantadas en un lote de terreno propiedad Municipal, situado en: El Sector Guayabal, Local N° 04, Avenida N° 01, Parroquia San Francisco de Asís, Municipio Zamora del estado Aragua, cuya área mide aproximadamente SETENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y TRES CENTIMETROS CUADRADOS (79,43 MTS2), cuyos linderos y medidas son las siguientes NORTE: En 15,13 con terreno baldío y peluquería; SUR: En 15,13 con Lonchería el Rincón del Gran Rey; ESTE: En 05,40 Mts., con Avenida N° 01, que es su frente; y OESTE: En 05,10 Mts., con calle 108; cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura, a .....