PRIMERO: ADMITE Y DECLARA CON LUGAR la inhibición propuesta por la abogada FABIOLA COLMENAREZ, con el carácter de Jueza Presidenta de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, en la causa Nº 1As:8373/10, relacionada con la APELACION DE SENTENCIA interpuesta por el abogado Jorge Paz Nava, actuando con el carácter de defensor privado de los ciudadanos DUQUE ESCALONA JIMMY ALBERTO Y PERNIA ESCALONA DONOBAN PIERO en contra de la decisión dictada en fecha 12-07-10 por el Tribunal 3° de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, de conformidad con lo establecido en los artículos 86.8 y 87 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se acuerda oficiar a la Presidencia del Circuito Judicial Penal de este estado, a fin de que convoque al juez suplente respectivo a los fines de que integre la Sala, conozca el fondo del asunto y se dicte la decisión correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.