DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA NULIDAD DEL PODER ESPECIAL OTORGADO a la abogada CLEMENT MARIBEL PULIDO VIVENES, inscrito en el IPSA bajo el N° 321.206, en carácter de apoderada judicial del ciudadano KARIM BEROUAYEL, venezolano, mayor de edad, titula de la cédula de identidad N° 22.724.533, de acuerdo a poder especial conferido por el ciudadano MOHAMED BEROUAYEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 23.969.693, actuando como apoderado judicial, sin ser Abogado, del ciudadano KARIM BEROUAYEL, supra identificado. Así como también se declara como NO VALIDO en este juicio el poder General de administración otorgado por el ciudadano KARIM BEROUAYEL, al ciudadano MOHAMED BEROUAYEL por ante la Notaría Pública.....