Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Casimiro, estado Aragua, actuando en sede civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil vigente, por los ciudadanos, YUORDITH ANTONIO QUILARQUE ACEVEDO y YAYMAR ALEJANDRA PIÑERO GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho, cónyuges entre sí de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-17.353.413 y V-21.335.161, respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio ROSIO BUROZ, Inpreabogado Nº 169.437 y en consecuencia, DISUELTO el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos, YUORDITH ANTONIO QUILARQUE ACEVEDO y YAYMAR ALEJANDRA PIÑERO GONZÁLEZ, quienes contrajeron Matrimonio Civil, en fecha 18 de diciembre de 2010, ante el Registro Civil del Municipio San Ca.....