Por las razones antes expuestas, este Juzgado del Municipio Autónomo San Casimiro de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en sede civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, fundada en la causa legal contenida en el artículo 185-A del Código Civil vigente, formulada por los ciudadanos JULIA ROSA FERNÁNDEZ DE ORTEGA y RAFAEL EDUARDO ORTEGA, venezolanos, mayores de edad, domiciliados7 la primera en la Calle Ricaurte N° 03 de la Ciudad de San Casimiro, estado Aragua, y el segundo en la Calle N° 10, casa S/N del Parcelamiento Chaparral, jurisdicción del Municipio San Casimiro, estado Aragua, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-7.296.130 y V-5.159.788, respectivamente, asistidos por el abogado JOSÉ CONCEPCIÓN ALVAREZ, Inpreabogado N° 54.488, y en consecuencia DISUELTO el vinculo matrimonial que unía a dichos ciudadanos, quienes contra.....