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Decisiones del dia 21/09/2015

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
Paginas 1 2 Sig [Total de sentencias: 13] Página 1 de 2
N° Expediente : 14547 N° Sentencia : Fecha: 21/09/2015
Procedimiento:
Divorcio 185-A
Partes:
DEMANDANTE: SAMUEL SOFONIAS SIFONTES URBINA, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° 20.310.666 Y DE ESTE DOMICILIO. ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: ERIANA MARIA GONZALEZ VELASQUEZ, INSCRITA EN EL IPSA BAJO EL Nº 168.212 DEMANDADA: GIORMARYS JOSEFINA CADENA CORREA, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº 19.719.257
Resumen:
ÚNICA El Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, literalmente establece que "Toda instancia se extingue por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado durante ello ningún acto de procedimiento", y el Artículo 269 eiusdem establece que la perención se verifica de pleno derecho. Estima este Tribunal que, habiendo transcurrido más de un (1) año desde el auto emitido por el tribunal en fecha 28 de noviembre de 2011, hasta la presente fecha sin que la parte demandante haya impulsado el proceso quiere decir, que transcurrieron tres años y diez (10) meses. En consecuencia, y en virtud de las razones expuestas, y de conformidad con el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Perimida la Instancia en el Presente Juicio, por habe.....
Juez/Ponente:
Gustavo Posada
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
arriba

N° Expediente : 13630 N° Sentencia : Fecha: 21/09/2015
Procedimiento:
Divorcio Ordinario
Partes:
PARTES DEMANDANTE: FREDDY RAFAEL RODRIGUEZ, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, CASADO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NRO.3.698.745, DE PROFESIÓN PERITO MECÁNICO Y DE ESTE DOMICILIO.- APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE: CARMEN JULIA MILLAN Y/O MAXIMO BURGUILLOS, ABOGADOS EN EJERCICIO E INSCRITOS EN EL INPREABOGADO BAJO LOS NROS.120.768 Y 51.129, RESPECTIVAMENTE Y DE ESTE DOMICILIO.- DEMANDADA: ZORAIDA JOSEFINA TOVAR ROMERO, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, CASADA, TITULAR DE LA CÉDULA D
Resumen:
UNICA El Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, literalmente establece que:" toda instancia se extingue por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado durante ello ningún acto de procedimiento", y el Artículo 269 eiusdem establece que la perención se verifica de pleno derecho. La figura de la perención es una institución procesal en virtud de la cual opera la extinción de la instancia por inactividad del proceso durante el lapso establecido por el legislador. En el caso que nos ocupa, evidencia este Juzgador que no solo ha transcurrido más del año previsto en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, como lapso para que sea procedente la Perención de la Instancia, se denota que desde la fecha en que se admitió la demanda 23 de marzo de 2009, hasta la presente fecha, la parte actora no ha comparecido por ante este tribunal a realizar acto alguno para impulsar el proceso, y siendo esto así discurre este sentenciador; que ha transcurrido más de un año, razón.....
Juez/Ponente:
Gustavo Posada
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
arriba

N° Expediente : 13630 N° Sentencia : Fecha: 21/09/2015
Procedimiento:
Divorcio Ordinario
Partes:
PARTES DEMANDANTE: FREDDY RAFAEL RODRIGUEZ, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, CASADO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NRO.3.698.745, DE PROFESIÓN PERITO MECÁNICO Y DE ESTE DOMICILIO.- APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE: CARMEN JULIA MILLAN Y/O MAXIMO BURGUILLOS, ABOGADOS EN EJERCICIO E INSCRITOS EN EL INPREABOGADO BAJO LOS NROS.120.768 Y 51.129, RESPECTIVAMENTE Y DE ESTE DOMICILIO.- DEMANDADA: ZORAIDA JOSEFINA TOVAR ROMERO, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, CASADA, TITULAR DE LA CÉDULA D
Resumen:
UNICA El Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, literalmente establece que:" toda instancia se extingue por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado durante ello ningún acto de procedimiento", y el Artículo 269 eiusdem establece que la perención se verifica de pleno derecho. La figura de la perención es una institución procesal en virtud de la cual opera la extinción de la instancia por inactividad del proceso durante el lapso establecido por el legislador. En el caso que nos ocupa, evidencia este Juzgador que no solo ha transcurrido más del año previsto en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, como lapso para que sea procedente la Perención de la Instancia, se denota que desde la fecha en que se admitió la demanda 23 de marzo de 2009, hasta la presente fecha, la parte actora no ha comparecido por ante este tribunal a realizar acto alguno para impulsar el proceso, y siendo esto así discurre este sentenciador; que ha transcurrido más de un año, razón.....
Juez/Ponente:
Gustavo Posada
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
arriba

N° Expediente : 14699 N° Sentencia : Fecha: 21/09/2015
Procedimiento:
Cobro De Bolivares (Via Intimacion)
Partes:
PARTES DEMANDANTE: .- RAUL ARNOLDO BLONVAL PAOLINI Y RODOLFO JOSE CRUZ ROJAS, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LAS CEDULAS DE IDENTIDAD NROS. 4.455.386 Y 8.469.350, RESPECTIVAMENTE ABOGADOS EN EJERCICIO, INSCRITOS EN EL INPREABOGADO BAJO LOS NROS. 22.341 Y 24.186, PROCEDIENDO CON EL CARÁCTER DE APODERADOS JUDICIALES DE LA SOCIEDAD MERCANTIL "TACKERVEN, C.A.", INSCRITA SU ACTA CONSTITUTIVA ESTATUTOS SOCIALES POR ANTE EL REGISTRO MERCANTIL TERCERO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL EST
Resumen:
ÚNICA En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, para decretar perención de la instancia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil el cual literalmente establece que" toda instancia se extingue por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado durante ello ningún acto de procedimiento", y el Artículo 269 eiusdem establece que la perención se verifica de pleno derecho, este Juzgador evidencia que no solo ha transcurrido más del año previsto en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, como lapso para que sea procedente la Perención de la Instancia, sino que desde el 23 de julio de 2012, fecha en que se verificó la última actuación atinente a las partes en el presente juicio, hasta la presente ha transcurrido tres (03) años y dos (02) meses, razón por la cual resulta aplicable la Perención de instancia prevista en el articulo antes referido. Y así se decide.- En virtud de las razones expuestas, este Tri.....
Juez/Ponente:
Gustavo Posada
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
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N° Expediente : 14911 N° Sentencia : Fecha: 21/09/2015
Procedimiento:
Cumplimiento De Convenimiento
Partes:
PARTES DEMANDANTE: JOSE CONCEPCION GONZALEZ REYES, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NRO.V.-5.452.398, DE PROFESIÓN INGENIERO ELECTRICISTA, Y ESTE DOMICILIO, ACTUANDO EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA TELCON VENEZUELA, R.L., CON REGISTRO DE INFORMACIÓN FISCAL J-31490067-6. DEBIDAMENTE REGISTRADA POR ANTE LA OFICINA SUBALTERNA DE REGISTRO PÚBLICO DE LOS MUNICIPIOS BOLÍVAR Y PUNCERES DEL ESTADO MONAGAS, EN FECHA 27 DE ENERO DEL AÑO 2006, QUEDA
Resumen:
UNICA El Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, literalmente establece que" toda instancia se extingue por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado durante ello ningún acto de procedimiento", y el Artículo 269 eiusdem establece que la perención se verifica de pleno derecho. En el caso que nos ocupa, evidencia este Juzgador que no solo ha transcurrido más del año previsto en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, como lapso para que sea procedente la Perención de la Instancia, sino que desde el 12 de diciembre de 2013, fecha en que se verificó la última actuación atinente a las partes, siendo que hasta la presente ha transcurrido más de un (01) años, razón por la cual resulta aplicable la Perención de instancia prevista en el articulo antes referido. Y así se decide.- En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en.....
Juez/Ponente:
Gustavo Posada
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
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N° Expediente : 14708 N° Sentencia : Fecha: 21/09/2015
Procedimiento:
Divorcio Ordinario
Partes:
DEMANDANTE: .- VIDAL ANTONIO FRONTADO, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº 8.482.284 Y DE ESTE DOMICILIO. ABOGADO DE LA PARTE DEMANDANTE: JOSE ANGEL NARVAEZ, ABOGADO EN EJERCICIO E INSCRITO EN EL IPSA BAJO EL NRO.132.731, DE ESTE DOMICILIO. DEMANDADO: MILDRE YASMIN LINARES ALVARADO, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NRO. V- 10.624.974 DE ESTE DOMICILIO SIN APODERADO LEGALMENTE CONSTITUIDO.
Resumen:
UNICA El Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, literalmente establece que: "toda instancia se extingue por el transcurso de Un (1) año sin haberse ejecutado durante ello ningún acto de procedimiento", y el Artículo 269 eiusdem establece que la perención se verifica de pleno derecho. Estima este Tribunal que, habiendo transcurrido más de tres (03) años y dos (02) meses desde la última actuación de procedimiento en el presente juicio, lapso previsto en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, es procedente la Perención de la Instancia. Y así se decide. Es en virtud de las razones expuestas que este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Perimida la Instancia en el Presente Juicio, por haber transcurrido el caso en autos, el lapso legal previsto para tales efectos, sin q.....
Juez/Ponente:
Gustavo Posada
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
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N° Expediente : 14533 N° Sentencia : Fecha: 21/09/2015
Procedimiento:
Cobro De Bolivares (Via Intimacion)
Partes:
PARTES DEMANDANTE: ANIBAL JOSE MONTENEGRO DIAZ, MARA CONCEPCION SANCHEZ HERRERA, ANIBAL JOSE MONTENEGRO DIAZ Y JOSE AMON QUIJADA MARIN, VENEZOLANOS MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LAS CEDULAS DE IDENTIDAD NROS.3.126.392, 3.982.937, 11.312.771, 3.850.915, ABOGADOS EN EJERCICIOS, INSCRITOS EN EL INPREABOGADO BAJO LOS NROS. 4.827, 7.341, 21.013, 74.657 Y 53.749, DE ESTE DOMICILIO, EN SU CONDICIÓN DE APODERADO DEL BANCO DE VENEZUELA, S.A. BANCO UNIVERSAL.- DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL SERVICIOS
Resumen:
ÚNICA En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, para decretar perención de la instancia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil el cual literalmente establece que" toda instancia se extingue por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado durante ello ningún acto de procedimiento", y el Artículo 269 eiusdem establece que la perención se verifica de pleno derecho, este Juzgador evidencia que no solo ha transcurrido más del año previsto en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, como lapso para que sea procedente la Perención de la Instancia, sino que desde el 25 de Noviembre de 2013, fecha en que se verificó la última actuación atinente a las partes en el presente juicio, hasta la presente ha transcurrido un (01) año y diez (10) meses, razón por la cual resulta aplicable la Perención de instancia prevista en el articulo antes referido. Y así se decide.- En virtud de las razones expuestas, este Tri.....
Juez/Ponente:
Gustavo Posada
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
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N° Expediente : 15151 N° Sentencia : Fecha: 21/09/2015
Procedimiento:
Cumplimiento De Contrato De Venta
Partes:
PARTES DEMANDANTE: JORGE ENRIQUE AGELVIS RAMÒN, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NRO. 14.789.295, Y DE ESTE DOMICILIO. APODERADAS JUDICIALES DE LA DEMANDANTE: CIUDADANAS ARYUMERYS MARCANO RODRIGUEZ Y ROSMARQUIS DEL VALLE TABATA SALAZAR, VENEZOLANAS, MAYORES DE EDAD, ABOGADAS EN EJERCICIO, INSCRITAS EN EL INPREABOGADO BAJO LOS NROS. 201.538 Y 201.531, RESPECTIVAMENTE, CON DOMICILIO PROCESAL EN EL EDIFICIO CHIHANE, PISO 1, OFICINA 3, FRENTE AL CIRCUITO JUDICIAL PENAL,
Resumen:
DECISIÓN Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la Republica de Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley HOMOLOGA la transacción presentada en el presente procedimiento de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÓN COMPRA VENTA, intentado por el ciudadano JORGE ENRIQUE AGELVIS RAMÒN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 14.789.295, y de este domicilio contra la Compañía Anónima PROMOTORA DE DESARROLLOS A.Z. (PRODEAZCA), (Partes plenamente identificadas a en el texto de esta decisión). En cuanto a las copias certificadas se ordena su expedición, en cuanto a la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por este Tribunal, en fecha 08-01-2014, se ordena levantar la misma, una vez que quede firme la presente decisión. No hay imposición al pago de las costas, de conformidad con lo previsto en e.....
Juez/Ponente:
Gustavo Posada
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
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N° Expediente : 14517 N° Sentencia : Fecha: 21/09/2015
Procedimiento:
Cobro De Bolivares (Via Intimacion)
Partes:
PARTES DEMANDANTE: SIMON ANDARCIA FEBRES, ABOGADO EN EJERCICIO, INSCRITO EN EL INPREABOGADO BAJO EL NRO. 49.865, DE ESTE DOMICILIO, EN SU CONDICIÓN DE APODERADO JUDICIAL DE LA EMPRESA MERCANTIL "JAPTEMS´S & SERVICIES, C.A" DEBIDAMENTE REGISTRADA POR ANTE REGISTRO MERCANTIL DEL ESTADO MONAGAS, EN FECHA 07 DE NOVIEMBRE DE 2008, ANOTADO BAJO EL NRO. 102, TOMO 17-A RM MA. - DEMANDADA: ASOCIACIÓN COOPERATIVA "LA MATANCERA 990" DEBIDAMENTE INSCRITA ANTE LA OFICINA SUBALTERNA DE REGISTRO PUBLICO
Resumen:
ÚNICA En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, para decretar perención de la instancia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil el cual literalmente establece que" toda instancia se extingue por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado durante ello ningún acto de procedimiento", y el Artículo 269 eiusdem establece que la perención se verifica de pleno derecho, este Juzgador evidencia que no solo ha transcurrido más del año previsto en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, como lapso para que sea procedente la Perención de la Instancia, sino que desde el 01 de Noviembre de 2011, fecha en que se verificó la última actuación atinente a las partes en el presente juicio, hasta la presente ha transcurrido Tres (03) año y diez (10) meses, razón por la cual resulta aplicable la Perención de instancia prevista en el articulo antes referido. Y así se decide.- En virtud de las razones expuestas, este T.....
Juez/Ponente:
Gustavo Posada
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
arriba

N° Expediente : 14671 N° Sentencia : Fecha: 21/09/2015
Procedimiento:
Cobro De Bolivares (Via Intimacion)
Partes:
PARTES DEMANDANTE: ANIBAL JOSE MONTENEGRO DIAZ, VENEZOLANO MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NRO. 11.312.771, INSCRITO EN EL INPREABOGADO BAJO EL NRO. 74.657 DE ESTE DOMICILIO, EN SU CONDICIÓN DE APODERADO DEL BANCO DE VENEZUELA, S.A. BANCO UNIVERSAL, INGENIEROS CONSULTORES, C.A, DOMICILIADO EN LA CIUDAD DE CARACAS, DISTRITO FEDERAL. DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL SMA INGENIEROS Y CONSULTORES, C.A. (ANTES SUMIARE, C.A,) DOMICILIADA EN LA CIUDAD DE MATURÍN DEL ESTADO MONAGAS, EN
Resumen:
ÚNICA En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, para decretar perención de la instancia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil el cual literalmente establece que" toda instancia se extingue por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado durante ello ningún acto de procedimiento", y el Artículo 269 eiusdem establece que la perención se verifica de pleno derecho, este Juzgador evidencia que no solo ha transcurrido más del año previsto en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, como lapso para que sea procedente la Perención de la Instancia, sino que desde el 26 de Noviembre de 2012, fecha en que se verificó la última actuación atinente a las partes en el presente juicio, hasta la presente ha transcurrido dos (02) años y diez (10) meses, razón por la cual resulta aplicable la Perención de instancia prevista en el articulo antes referido. Y así se decide.- En virtud de las razones expuestas, este .....
Juez/Ponente:
Gustavo Posada
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
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