La sumatoria de los conceptos correspondientes a prestaciones sociales asciende a la cantidad de SIETE MIL TRECIENTOS NOVENTA Y UN BOLIVARES CON 66 CENTIMOS (Bs. 7.391,66).
En cuanto a los intereses y la corrección monetaria, este Juzgado dará cumplimiento con el mismo, de conformidad con lo estatuido en el artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
DECISION
En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano MARK SAMUEL GRANGER BOLIVAR, en contra la empresa METALES MAGCAR, C.A -.
SEGUNDO: se condena a la empresa METALES MAGCAR, C.A, pagar al demandante la cantidad de SIETE MIL TRECIENTOS NOVENTA Y UN BOLIVARES CON 66 CENTIMOS (Bs. 7.391,66), por los conceptos y cantidades disc.....