En mérito de las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de regulación de la competencia interpuesta por la parte actora, en contra de la decisión dictada en fecha 18 de junio de 2010, por el Juzgado Quinto de Primera de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay,y en consecuencia SE REVOCA la anterior decisión. SEGUNDO: COMPETENTE para tramitar, conocer y resolver la presente demanda por cobro de salarios caídos, incoada por los ciudadanos ALIRIO MENDOZA, JOSE RODRIGUEZ, JUAN TABARES y EDGAR DIAZ, contra la sociedad mercantil SANITARIOS MARACAY, S.A., al Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución .....