DISPOSITIVA
En virtud de todos los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA LIBERTAD al ciudadano GOMEZ RAMOS LUIS GERARDO, titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.112.287, de nacionalidad venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en la Urbanización Kennedy, Terraza B, Casa N° 5, Macarao, Las Adjuntas-Caricuao, en virtud de haber cumplido con la totalidad de la pena impuesta, de conformidad con lo consagrado en el articulo 105 del Código Penal, quedando solamente sometido a la Sujeción de la Vigilancia a la Autoridad como pena accesoria, por un tiempo de TRES (3) AÑOS y NUEVE (9) MESES, y que cumplirá en su totalidad fecha 04 DE JULIO DE 2011. Y ASÍ SE .....