Por las razones que fueron expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara:
1.- LA TERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, correspondiente a la pretensión de amparo ejercida por el ciudadano José Nicolás Bastardo, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 8.434.531, y de este domicilio, en representación de la Firma Personal "EL Gran Señor" , inscrita ante el Registro Mercantil Primero, en fecha 01 de Febrero de 2000, bajo el N° 148; Tomo 1-B.venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.616.371, debidamente asistido por las abogadas: Ana Yolet Nieves Tesorero y María Virginia Tovar Arvelaiz, inscritas en el Inpreabogado bajo los N° 74.020 y 101.066 respectivamente, contra el Alcalde del Municipio Girardot del Estado Aragua.