Ahora bien, conforme los parámetros establecidos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal para el otorgamiento de las Fórmulas Alternativas de Cumplimiento de Condena, el penado podrá acceder a éstas, según se indica a continuación:
DESTACAMENTO DE TRABAJO: Cuando cumpla una cuarta (1/4) parte de la pena impuesta, es decir, OCHO (8) MESES.
RÉGIMEN ABIERTO: Cuando cumpla una tercera (1/3) parte de la pena impuesta, es decir, DIEZ (10) MESES y VEINTE (20) DIAS.
LIBERTAD CONDICIONAL: Cuando cumpla las dos terceras (2/3) partes de la pena impuesta, es decir, UN (1) AÑO, NUEVE (9) MESES Y DIEZ (10) DIAS.
CONFINAMIENTO: Cuando cumpla las tres cuartas (3/4) partes de la pena impuesta, es decir, DOS (2) AÑOS.-
Igualmente el penado RODRIGUEZ PEREIRA EUDES JOSE y CAMACHO FERNANDEZ WILLIAMS ANTONIO, quedó condenado a las penas accesorias contenidas en el artículo 16 del Código Penal, las cuales son:
Inhabilitación Política: Durante el tiempo de la condena, y seg.....