D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: SE DECLARA SIN LUGAR LA APELACION interpuesta por los Abg. LUIS ERNESTO LOPEZ INDRIAGO y Abg. OTHONIEL ABRAHAM TORTOLERO RIOS, en su carácter de Defensores Privados de los ciudadanos USAMA JOSE FARAH SABBAGH, OSWALDO DANIEL SILVA RODRIGUEZ y SANTIAGO MAGDIEL SILVA RODRIGUEZ, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Décimo de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 22 de Enero del 2009. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en Audiencia Especial de presentación de Detenido, celebrada en fecha 22 de enero de 2009 por el Tribunal Décimo de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, en la cual entre otros pronunciamientos decretó Medida Privativa de Libertad, de conformidad con el artículo 250 de.....