PRIMERO: SE HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL presentando por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de esta sede judicial el 20 de Julio de 2011, por los Abogados NICOLAS MARTINEZ, Inpreabogado número 67.311, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, ciudadano LARRYS RAMÓN BRICEÑO DUQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-14.692.593, de este domicilio, y ENRIQUE RODRIGUEZ, Inpreabogado número 111.196, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada ALMACENES FRIGORÍFICOS DEL CENTRO, C.A., sociedad mercantil de este domicilio, inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 29 de octubre de 1981, bajo el N° 49, Tomo 33-B. SEGUNDO: SE OTORGA EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA, conforme al artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, aplicable en concordancia con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. TERCERO: SE ORDENA EL.....