Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Sexto de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 24 de abril de 2002, por los demandantes ANTONIO FERNÁNDEZ y ARLETE GÓMEZ asistidos por el abogado ARNALDO PIÑA SEMPRUM, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 29.740, en contra de la decisión dictada, en fecha 13 de noviembre de 2001, por el Juzgado Décimo Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar la demanda interpuesta por los ciudadanos ANTONIO FERNÁNDEZ y ARLETE GÓMEZ, en contra del ciudadano CARLOS CABELLO MEJÍAS, identificados supra, por desalojo. Se confirma la sentencia apelada, en todos sus términos.