V.- DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones anteriores, este Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE MODIFICA la decisión definitiva dictada en la presente causa, en fecha 05 de diciembre de 2014 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito Circunscripción Judicial del estado Aragua, solo en lo que respecta a incluir a los ciudadanos Gustavo Guardia Manzano, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 3.847.606 y Epaminondas Guardia Manzano, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.230.340, como miembros del consejo de tutela. En consecuencia se declara:
SEGUNDO: La INTERDICCIÓN DEFINITIVA del ciudadano ULISES GUARDIA MANZANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de ident.....