Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud, y ordena en forma sumaria la rectificación del acta de nacimiento de la ciudadana ANDREA ALEJANDRA LONDOÑO BIRROT, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.093.240, donde dice: "LUZ NATALY BIRROT PULGARITA", debe decir: "LUZ NATALY BIRROTT PUGARITA". Igualmente, donde dice: LUIS FERNANDO LONDOÑO QUIROS", debe decir: "LUIS FERNANDO LONDOÑO QUIROZ". En consecuencia, este Tribunal ordena oficiar al Registro Civil del Municipio José Ángel Lamas del estado Aragua, y al Registrador Principal del estado Aragua, a fin de que estampen la debida nota marginal correspondiente en el acta de nacimiento de la ciudadana anteriormente mencionada, la cual quedó anotada bajo el Acta N° 574, Folio 215 frente, Tomo II, de fecha 10 de diciembre de 1.990.