DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley ADMITE recurso de apelación, interpuesto el 30 de enero del 2012, conforme a lo establecido en el artículo 452 numerales 2, 3 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal, por los abogados LUÍS ALFREDO PADRINO BRUZUAL y PEDRO NIEVES CUENCA ESCORCHE, en su condición de defensores privados del ciudadano JOSE EDUARDO MARIÑO, en contra de la decisión dictada el 16 de enero de 2012, por el Juzgado Vigésimo Octavo (28°) de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó al ciudadano JOSE EDUARDO MARIÑO, a cumplir la pena de diecisiete (17) años de prisión, como autor y responsable por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES EN GRADO DE INSTIGADOR, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 406 numeral 1, en relación con el a.....