Primero: CON LUGAR la demanda de DESALOJO incoada por la ciudadana YAIDY COROMOTO HERNANDEZ DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-7.282.504, contra la ciudadana NATIAN SOARES BARBOSA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-24.815.698.
Segundo: Como consecuencia del particular anterior, la parte demandada NATIAN SOARES BARBOSA, antes identificada, deberá hacer entrega del inmueble arrendado, constituido por un apartamento distinguido con el No. 15C, ubicado en la calle López Aveledo, residencias Asimar, piso 15, Municipio Girardot, Maracay, estado Aragua, libre de bienes y personas, en buen estado de conservación.
Tercero: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil se condena en costas a la parte demandada.
Cuarto: Regístrese, publíquese y déjese copia certificada en la sede de este Tribunal a fin de ser anexada al copiador de sentencias correspondientes al mes de febre.....