D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, a los fines de dictar Sentencia considera previo de un minucioso análisis de las actas procesales que rielan en el presente expediente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: HOMOLOGADO el RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA manifestado mediante escrito de fecha 13 Junio de 2024, presentado por la parte demandada ciudadano: EDUARDO RAMON ARCIA MACHUCA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº: V-11.086.612, con respecto a documento privado de VENTA PURA, SIMPLE, PERFECTA E IRREVOCABLE, sobre un Inmueble ubicado en: PARROQUIA JOAQUÍN CRESPO, SECTOR BARRIO SAN JOSE I, PASAJE 10, CASA Nº 71, suscrito con el ciudadano: ALEXANDER APARICIO CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular d.....