D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas éste Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil presentada por los ciudadanos: YULUZBEL DRINA LAZO Y NESTOR JAVIER GUTIERREZ PALACIOS, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-13.355.022 y V-14.094.742, respectivamente y ambos de este domicilio. En consecuencia, se Declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeron ante el Registro Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 14 de Septiembre de 2001, quedando registrado bajo el Tomo Nº "C", Acta N° 84, Folio 250, Vuelto 251; de los Libros de Matrimonios llevados por el Registro Civil en el referido año.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
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