En merito de lo precedentemente expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en sede civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, se declara Incompetente para conocer de la acción de PARTICION DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL incoada por la ciudadana LUZ MAYREEN NIEVES SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 9.678.605, asistida por la abogada en ejercicio ALBANIA JOSE PEREIRA QUERALES, titular de la cédula de identidad N° 9.644.992, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 54.866, de este domicilio, contra el ciudadano ALBERT PIRELA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.656.073, de este domicilio, y declina la competencia, por razón de la materia al Tribunal de Protección de Niños Niñas y del Adolescentes de la Circun.....