Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en función de TERCERO DE EJECUCIÓN, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: AUTO DE EJECUCIÓN al ciudadano RODRIGUEZ CASTRO JOSE ANTONIO, titular de la cedula de identidad Nº V-12.158.082, quien es de nacionalidad Venezolano, nacido en fecha 10-06-1965, mayor de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Carpintero, domiciliado en BARRIO SUCRE, CALLE PRINCIPAL, CASA S/N, SAN MATEO, MUNICIPIO BOLIVAR, ESTADO ARAGUA, el cual fue condenado por el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial, en fecha 16-10-2017, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑO SIN PENETRACION, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente; así mismo fue condenado a las penas.....