DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR, la Apelación propuesta por el ciudadano AMILKAR PERDOMO ZIEMS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 12.479.377, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 75.450, actuando con el carácter de Apoderado Judicial, del ciudadano WU ZHONG LIANG, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 14.016.477, (parte actora), en contra de la decisión de fecha 11 de mayo de 2005, proferida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.
SEGUNDO: Se MODIFICA, la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, de fecha 11 de mayo de 2005, en los siguientes términos: 1) SIN LUGAR la Falta de Legitimación ad procesum, alegada por el ciudadano AMILKAR PERDOMO ZIEMS, titular de la cedula de identidad Nr.....