Por las razones antes expuestas y de conformidad con lo establecido en los Artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente procedimiento de RESOLUCIÓN DE CONTRATO incoada por el ciudadano STEFANO SCIORTINO AIELLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.219.451, contra la Sociedad Mercantil "CLUB POOL 16, C.A" inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 14 de Mayo de 1998, Bajo el N° 08, Tomo 41-A, representada por su director, ciudadano ANDRES EDUARDO OSUNA SANABRIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.272.541.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en razón de la naturaleza del presente fallo.
TERCERO: Se ordena levantar medida de secuestro, sobre dos locales comerciales y.....