Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos dictada en fecha 16 de Febrero de 2016 de los ciudadanos OSWUEL JOSE FERRELLI NAVAS Y DELIVY DEL CARMEN LANDAETA DE FERRELLI, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-18.345.696 y V-16.850.521, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 765 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, conforme se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio N° 331, Año 2.012, de fecha 30 de Julio de 2.012.