Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos existente entre los ciudadanos MIGUEL ANTONIO ABRAMS CRISTIANS y WALESKA PEREZ DEPABLOS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges y titulares de las cédulas de identidad Nos V-12.918.409 y V-14.504.954, respectivamente, y consecuencialmente DISUELTO el vinculo matrimonial contraído por ellos en fecha 14 de marzo de 2008, ante el Registro Civil del Municipio Independencia del Estado Táchira, asentado bajo el Acta Nº 006, de los libros de matrimonios llevados por dicho registro del año 2008.-
Regístrese, Publíquese y Notifíquese.