En virtud de las anteriores consideraciones, este Despacho Judicial, a cargo de la Juez Unipersonal Nº 11 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente demanda de Fijación de Obligación de Manutención, incoada por la Abg. Beatriz Alicia Zamora, en su carácter de Defensora Pública Primera (1º) para el Sistema de Protección del Niño, Niña y Adolescente, a solicitud de ciudadana YELITZA YOLANDA GUZMAN FRANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.637.602, contra el ciudadano JOSE JULIAN BLANCO MENCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.459.755, en beneficio de su hija (...),, de dieciséis (16) años de edad.-