Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO a tenor de lo dispuesto en los Artículos 313 ordinal 2° y 314 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, al acusado JEAN CARLOS LEÓN por la presunta comisión del delito ROBO AGRAVADO Y DETENTACIÓN DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 277 y 458 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana MARVIS JOSEFINA BOLÍVAR.